Registro de Trámites y Servicios
Evaluación y Dictaminación de Informe Preventivo de Impacto Ambiental.
Cualquier ciudadano puede realizar el trámite de solicitud de Informe Preventivo de Impacto Ambiental mediante el cual se le otorga, niega o condiciona el Dictamen de Impacto Ambiental para la construcción de obras del tipo : - Vías de comunicación. -Obras públicas que se comprendan o se ubiquen exclusivamente en su jurisdicción. Desarrollos inmobiliarios y nuevos centros de población dentro del territorio municipal, que incidan en ecosistemas donde la regulación del impacto ambiental no se encuentre reservada a la federación, ni al Gobierno del Estado, siempre y cuando corresponda a reservas urbanas; III. El funcionamiento de bancos de material, exploración, extracción, procesamiento de minerales y sustancias que constituyan a la naturaleza, cuyo control no esté reservado a la Federación ni al Estado y se ubiquen exclusivamente en su jurisdicción;</p><p>IV. Instalación y Operación de establecimientos industriales, comerciales y de servicio que se ubiquen en su jurisdicción y cuya regulación no se encuentre reservada a la federación, ni al estado; V. Las demás que se encuentren dentro de su jurisdicción, y que no sean competencia de la Federación ni del Estado.
¿Qué debo saber del trámite o servicio?
Modalidades
Ninguna.
Tipo de trámite o servicio
Obligación.
Pre-requisitos para el trámite
No aplica.
Trámite o servicio como pre-requisito
Pago de Derechos correspondientes al Tramite de origen ante la Tesorería Municipal de acuerdo a la Ley de Ingresos vigente.
Efectos de la eliminación del trámite o servicio
Realizar el trámite de Evaluación y Dictaminación de Informe Preventivo de Impacto Ambiental, ayuda a que el ciudadano continúe con tramites adminiculados ante otras dependencias municipales y el estricto cumplimiento a la norma ambiental aplicable.Medio de presentación del trámite o servicio
Escrito.
Datos requeridos
I. Datos generales de quien pretenda realizar la obra o actividad proyectada, y de quien hubiese realizado los proyectos o estudios técnicos correspondientes, así como nombre del Perito encargado de realizar la obra o actividad;
II. Descripción de las substancias o productos que vayan a emplearse en la ejecución de la obra o actividad proyectada y los que en su caso vayan a obtenerse como resultado de la misma, incluyendo emisiones a la atmósfera, descargas de aguas residuales, tipos de residuos y procedimientos para su disposición final;.
III. De resultar insuficiente, la Secretaría podrá requerir a los interesados la presentación de información complementaria;
IV. Medidas de migración y restauración;
V. Vinculación con la reglamentación de uso del suelo; y
VI. Proyecto de abandono en los casos de explotación de bancos de material geológico.
Articulo 7.
Reglamento de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia De Impacto Ambiental.
Documentos requeridos
Informe Preventivo de Impacto Ambiental, de conformidad a la Guía Publicada en la Gaceta Municipal de fecha 07 de Junio de 2017.
Dictamen de trazos, usos y destinos.
Copias de la escrituras de la propiedad certificadas originales y copias para compulsa.
Carta Poder en caso de que los trámites no los efectué el propietario y firmada por dos testigos en original y con identificación original para compulsa.
Plano de la Planta Proyecto definitivo 60x90 cm.
Plano Topográfico con curvas de nivel a cada metro 60x90 cm.
Volumetría a depositar y que tipo de material.
Cantidad a pagar
Según a los metros cuadrados o fracción que describa el proyecto, esto de conformidad al artículo 71 fracción XXI numeral 1 inciso a) de la Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro Tlaquepaque 2022.
a) Por metro cuadrado o fracción: $1.00
b)Por metro lineal: $0.80
Plazos máximos de respuesta
30 días hábiles, a partir de que se entrega la información completa, de conformidad al 24 del Reglamento Municipal de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Plazo de apercibimiento
De conformidad a la complejidad de la información solicitada.
Ficta
Negativa.
Tipo de resolución del trámite o servicio
Dictamen de Impacto Ambiental.
Vigencia del documento
De conformidad al calendario de obra del proyecto.
Criterios de resolución del trámite
Los impactos ambientales derivados de la construcción del proyecto y sus medidas de mitigación para subsanar los efectos al medio ambiente ocasionados por el desarrollo del proyecto.
¿Dónde puedo realizar mi trámite o servicio?
Dependencia u organismo
Dirección General de Medio Ambiente.
Oficina donde se realiza el trámite o servicio
Unidad Administrativa Pila Seca, Local 7, Calle Donato Guerra 285, Col. Centro, San Pedro Tlaquepaque.
Otras oficinas donde se puede realizar el trámite o servicio
Ninguna.
Horarios de atención al público
9:00 a 20:00 horas.
Fundamento Jurídico
Fundamento jurídico que da origen al trámite
Artículo 8, fracción 14 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
Artículos 6 y 7 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
Artículos 17 y 19 del Reglamento Municipal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente de San Pedro Tlaquepaque.
Responsable, quejas y denuncias
Datos del responsable del trámite o servicio para consultas o quejas
Abogado Roberto Baltazar Román, Director General de Medio Ambiente.
Quejas y denuncias
El ciudadano puede presentar una queja y/o denuncia en la Contraloría Municipal del Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque mediante:
Página oficial www.tlaquepaque.gob.mx.
Llamada telefónica 38600103 12035400 12035401 y 12035402.
Correo electrónico quejasysugerencias@tlaquepaque.gob.mx.
Directamente en la oficina de comparecencias en la calle de matamoros 110 o en la Contraloría en la calle Independencia 58.
Buzones de quejas que están en las diferentes áreas.