Registro de Trámites y Servicios
Solicitud de Viabilidad y Factibilidad de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario y Pluvial.
Atención a la ciudadanía mediante la calidad total de nuestros servicios ,evitando con ello riesgos potenciales en cuestión de salud cumpliendo con las Normas Oficiales Mexicanas.
¿Qué debo saber del trámite o servicio?
Modalidades
Personal, Oficio Físico ó Electronico.
Tipo de trámite o servicio
Obligatorio
Pre-requisitos para el trámite
Documento que acredite propiedad (escritura, recibo, predial, etc)
Identificación oficial del propietario.
En caso de que exista promotor deberá presentar: carta poder con copia de las identificaciones oficiales del propietario,promotor y testigos.
Trámite o servicio como pre-requisito
Recibo de pago vigente por los derechos de agua potable y alcantarillado en caso de que pase la red por enfrente del predio.
Dictamen de trazo, usos y destinos del suelo emitido por la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad.
Dictamen de alineamiento y Numero oficial emitido por la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad.
Proyecto definitivo de la acción urbanística aprobado por la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad.
Presentar los proyectos hidrosanitarios y pluviales para su aprobación.
Recibo de pago por incorporación y aprovechamiento de la infraestructura de los servicios de agua potable.
Efectos de la eliminación del trámite o servicio
La importancia es que se autorice la solicitud de factibilidada para que obtengan el servicio que se requiere.
Medio de presentación del trámite o servicio
Solicitud personal por escrito en la Dirección de Agua Potable y Alcantarillado
Datos requeridos
Nombre
Domicilio
Teléfono del propietario del inmueble.
Documentos requeridos
Documento que acredite propiedad (escritura, recibo, predial, etc. )
Identificación oficial del propietario.
En caso de que exista promotor deberá presentar carta poder con copia de las identificaciones oficiales del propietario, promotor y testigos.
Recibo de pago vigente por los derechos de agua potable y alcantarillado en caso de que pase la red por enfrente del predio.
Dictamen de trazo,usos y destinos del suelo emitido por la dirección general de obras publicas .
Dictamen de alineamiento y Numero oficial,emitido por la dirección general de obras publicas.
Proyecto definitivo de la acción urbanística aprobado por la dirección general de obras publicas.
Presentar los proyectos hidrosanitarios y pluviales para su aprobación.
Recibo de pago por incorporación y aprovechamiento de la infraestructura de los servicios de agua potable.
Cantidad a pagar
Artículo 95. El propietario de un predio urbano o suburbano que demande los servicios de agua potable, alcantarillado y/o saneamiento, de todos o alguno de los servicios que preste el Municipio, quedan obligados a cumplir con las disposiciones que en materia les impongan las normas oficiales, leyes y reglamentos aplicables, debiendo solicitar al Organismo Operador Municipal, la expedición del dictamen de factibilidad, así mismo pagaran como incorporación de los servicios por una sola vez, los derechos por aprovechamiento de la infraestructura de agua potable, alcantarillado y saneamiento, a partir que se autorice la viabilidad y solicite la factibilidad, de acuerdo con las cuotas por metro cuadrado de la superficie total del predio según su uso:
Debiendo de entenderse que al presentar un recibo al corriente de pago por el servicio de agua potable, alcantarillado y/o saneamiento de un predio urbano o suburbano, ya se tiene por realizado este pago.
A.-Inmuebles de uso habitacional:
1.-Densidad alta:
a) Unifamiliar (H4-U): $ 75.00
b) Plurifamiliar horizontal (H4-H): $ 83.00
c) Plurifamiliar vertical (H4-V): $ 93.00
2.-Densidad media:
a) Unifamiliar (H3-U): $ 77.00
b) Plurifamiliar horizontal (H3-H): $ 85.00
c) Plurifamiliar vertical (H3-V): $ 93.00
3. Densidad baja:
a) Unifamiliar (H2-U): $ 83.00
b) Plurifamiliar horizontal (H2-H): $ 86.00
c) Plurifamiliar vertical (H2-V): $ 97.00
4.-Densidad mínima:
a) Unifamiliar (H1-U): $ 80.00
b) Plurifamiliar horizontal (H1-H): $ 88.00
c) Plurifamiliar vertical (H1-V): $ 98.00
B.-Inmuebles de uso no habitacional:
1.-Comercio y servicios:
a) Vecinal: $ 78.00
b) Barrial: $ 85.00
c) Distrital: $ 86.00
d) Central: $ 90.00
e) Regional: $ 94.00
f) Servicio a la industria y comercio: $ 97.00
2.-Uso turístico:
a) Campestre: $ 101.00
b) Hotelero densidad alta: $ 86.00
c) Hotelero densidad media: $ 90.00
d) Hotelero densidad baja: $ 93.00
e) Hotelero densidad mínima: $ 94.00
f) Motel: $ 97.00
3.-Industria:
a) Ligera, riesgo bajo: $ 82.00
b) Media, riesgo medio: $ 85.00
c) Pesada, riesgo alto: $ 86.00
d) Manufacturas menores: $ 80.00
e) Manufacturas domiciliarias: $ 82.00
4.-Equipamiento y otros:
a) Vecinal: $ 86.00
b) Barrial: $ 88.00
c) Distrital: $ 90.00
d) Central: $ 93.00
e) Regional: $ 94.00
5.-Espacios verdes, abiertos y recreativos:
a) Vecinal: $ 86.00
b) Barrial: $ 88.00
c) Distrital: $ 90.00
d) Central: $ 93.00
e) Regional: $ 94.00
6.-Instalaciones especiales e infraestructura:
a) Urbana: $ 88.00
b) Regional: $ 90.00
7. No previstos: $ 94.00
Artículo 96. Los usuarios que realicen obra nueva, ampliaciones, remodelaciones o cambios de uso del suelo de un predio deberán pagar las excedencias correspondientes, entendiéndose como excedencia la diferencia que resulta cuando la cantidad de agua demandada es mayor que la cantidad de agua asignada al haber realizado la incorporación.
La excedencia se calculara sobre la base del volumen asignado, al haber pagado los derechos de incorporación, de un litro por segundo por hectárea de la superficie total del predio.
I.-El solicitante deberá gestionar la factibilidad de la excedencia de agua potable requerida en litros por segundo a un costo de $ 805,821.00 por litro por segundo; y, para el uso de alcantarillado (excedencias de alcantarillado), el solicitante deberá pagar al Municipio, adicionalmente el 25% del importe que resulte de las excedencias de agua potable ; además, el solicitante de las excedencias deberá realizar el pago de las conexiones y ejecutar las obras e instalaciones que el Municipio le señale.
Articulo 97. Las solicitudes de los dictámenes técnicos para factibilidad y supervisiones tendrán un costo de recuperación de:
a) Solicitud de Viabilidad para Factibilidad $ 187.00
b) Solicitud de Factibilidad $ 27.00
c) Dictamen técnico de agua potable $ 1,166.00
d) Dictamen técnico sanitario $ 1,166.00
e) Dictamen técnico pluvial $ 1,166.00
f) Supervisión técnica de la infraestructura de agua potable, alcantarillado sanitario y alcantarillado pluvial (cubre hasta 16 visitas del supervisor a las obras) por hectárea $11,433.00 para su evaluación y control.
g) Supervisión técnica extraordinaria de la infraestructura de agua potable, alcantarillado sanitario y alcantarillado pluvial (por cada visita del supervisor de Municipio): $738.00
Plazos máximos de respuesta
Ya que el propietario entregue la documentación necesaria, realice los pagos y las obras necesarias, es un tiempo de respuesta de máximo de 72 horas .
Plazo de apercibimiento
El tiempo se basa en cuanto el ciudadano entregue completa la documentación requerida para su tramite.
Ficta
No aplica
Tipo de resolución del trámite o servicio
Factibilidad de los servicios de agua potable y acta de recepción de obras hidrosanitarias y pluviales.
Vigencia del documento
El año en curso.
Criterios de resolución del trámite
En base al cobro y especificación de los Articulos 95, 96 y 97 de la Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro Tlaquepaque,del ejercicio 2023.
¿Dónde puedo realizar mi trámite o servicio?
Dependencia u organismo
Dirección de Agua Potable y Alcantarillado.
Oficina donde se realiza el trámite o servicio
Dirección de Agua Potable y Alcantarillado .
Camarena # 223,Col.La Capacha. San Pedro Tlaquepaque
teléfonos :33-38-37-04-33 y 34
Otras oficinas donde se puede realizar el trámite o servicio
No aplica
Horarios de atención al público
Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horas
Fundamento Jurídico
Fundamento jurídico que da origen al trámite
Titulo Cuarto, Capitulo Tercero, Sección Quinta, Articulo 95, Inciso A) numeral del 1 al 4, inciso a), b) y c), inciso B) numeral 1 al 7, inciso a), b), c), d) y e) según se requiera, Articulo 96, Fracción I Incisos A) hasta Y) y articulo 97, inciso a), b), c), d), e), f) y g)) de la Ley de Ingresos del municipio de San Pedro Tlaquepaque del Ejercicio Fiscal 2023.
Responsable, quejas y denuncias
Datos del responsable del trámite o servicio para consultas o quejas
Director de Agua Potable y Alcantarillado: Lic. Hector Ledezma Castellanos
Encargado de Área Técnica de Agua Potable: Ing. Ruben Ramirez Reynoza
Vía personal en el domicilio : Camarena # 223, colonia La Capacha en el Municipio de San Pedro Tlaquepaque.
Vía telefónica :33-38-37-04-33 y 33-38-37-04-34
Quejas y denuncias
Director de Agua Potable y Alcantarillado: Lic. Hector Ledezma Castellanos
Encargado de Área Técnica de Agua Potable: Ing. Ruben Ramirez Reynoza
Vía personal en el domicilio : Camarena # 223, colonia La Capacha en el Municipio de San Pedro Tlaquepaque.
Vía telefónica :33-38-37-04-33 y 33-38-37-04-34