Registro de Trámites y Servicios
Prescripción de impuesto predial, agua potable y arrendamiento de mercados.
Mediante este trámite es posible obtener la prescripción en el pago de impuesto predial, agua potable y arrendamiento en locales de mercados.
¿Qué debo saber del trámite o servicio?
Modalidades
El trámite se realiza de manera presencial.
Tipo de trámite o servicio
Beneficio.
Pre-requisitos para el trámite
Transcurrir un período de cinco años sin que haya notificado el adeudo por parte de la autoridad por escrito.
Trámite o servicio como pre-requisito
No Aplica.
Efectos de la eliminación del trámite o servicio
Las obligaciones ante el fisco municipal y los créditos a favor de éste por impuestos, contribuciones especiales, derechos, productos o aprovechamientos, se extinguen por prescripción, en el término de cinco años.
Medio de presentación del trámite o servicio
Presentarse en la oficina de La Tesorería Municipal y solicitar el formato de prescripción el cual debe ser llenado por el solicitante.
Datos requeridos
El nombre, domicilio y teléfono del propietario.
Documentos requeridos
1.- Si es el titular deberá:
- presentar solicitud de prescripción
- identificación oficial (INE o IFE)
- desglose de adeudos (éste se solicita en la Tesorería)
2.- Si no fuera el titular deberá:
- anexar copias de actas de nacimiento
- actas de defunción
- resoluciones de juicios
- representación legal (poder notariado-acta constitutiva)
Cantidad a pagar
Gratuito.
Plazos máximos de respuesta
30 días hábiles, de acuerdo al artículo 37 bis de La Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus municipios.Plazo de apercibimiento
5 días, de acuerdo al artículo 37 de La Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus municipios.
Ficta
Negativa, de acuedo al artículo 32 de La Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus municipios.
Tipo de resolución del trámite o servicio
Se obtiene un acuerdo, para dejar sin efecto el cobro del impuesto predial, agua potable y arrendamiento de mercados, siempre que no cuente con gestiones de cobro.
Vigencia del documento
Indeterminada.
Criterios de resolución del trámite
Si el contribuyente no cuenta con gestiones de cobro por parte de la autoridad municipal, la prescripción se inicia, a partir de la fecha en que el crédito o el cumplimiento de la obligación pudieron ser legalmente exigidos, y será reconocida o declarada por la Tesorería Municipal de oficio o a petición de cualquier interesado.
¿Dónde puedo realizar mi trámite o servicio?
Dependencia u organismo
Dirección de Ingresos.
Oficina donde se realiza el trámite o servicio
Tesorería Municipal de San Pedro Tlaquepaque, calle Morelos # 227, Centro. Teléfono 33 31 24 42 31.
Otras oficinas donde se puede realizar el trámite o servicio
No Aplica.
Horarios de atención al público
De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs.
Fundamento Jurídico
Fundamento jurídico que da origen al trámite
Ámbito de ordenamiento: Municipal.
Tipo de ordenamiento: Ley.
Nombre del ordenamiento: Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco.
Título: Único.
Capitulo: IV .
Sección: No Aplica.
Articulo: 61, 62 y 63.
Ámbito de ordenamiento: Federal.
Tipo de ordenamiento: Ley.
Nombre del ordenamiento: Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus municipios.
Título: Primero.
Capitulo: I .
Sección: No Aplica.
Articulo: 37 y 37-bis
Responsable, quejas y denuncias
Datos del responsable del trámite o servicio para consultas o quejas
Abogado Miguel Angel Rodriguez Chavez, Jefe del área jurídica (01 33) 31 24 42 03 y 23
Quejas y denuncias
Contraloría Ciudadana Independencia # 58 Tlaquepaque Centro. Tel. 3310576061, 3310576062 email: otoniel.varas@tlaquepaque.gob.mx